De conformidad con la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, se establecieron una serie de periodos extraordinarios para la remisión de datos correspondientes a envases puestos en el mercado español en el año 2021 y el año 2022. Dichos periodos eran los siguientes:
Del 01/01/2023 hasta 30/04/2023. Periodo de pruebas, se graban datos para el año simbólico 1000. El procedimiento no permite la firma ni registro de estos datos:
Del 01/05/2023 hasta 31/07/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2021
Del 01/08/2023 hasta 31/10/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2022
Habiendo ya transcurrido el periodo correspondiente al reporte de datos 2021, el Ministerio ha emitido un AVISO por el que se informa de que en caso de tener que realizar alguna modificación sobre los datos remitidos en el año 2021 o de realizar la declaración del año 2021 al no haberla podido realizar en el periodo estipulado inicialmente, puede llevarla a cabo únicamente en el plazo que se indica a continuación: Período extraordinario improrrogable para introducir los datos de envases puestos en el mercado en 2021: del 1 al 30 de noviembre de 2023 (ambos inclusive).
Recordamos que el ámbito de esta norma incluye no sólo envases domésticos y comerciales sino también envases industriales, razón por la que cualquier industria debe tomar la norma en consideración.
Por otra parte, informar de que el MITERD ha publicado un documento con preguntas frecuentes a la hora de poder hacer el registro de productores de producto y las declaraciones anuales, adjuntamos enlace del documento: